viernes, 26 de noviembre de 2010

Almuerzos a las dos y media

Ha vuelto a ocurrir, nuestros compañeros de Azkaban no han podido asistir a la celebración de la Onomástica del muggle Justino. Parece ser que no se han aplicado en la clase de "desapariciones y técnicas de escape", y no han podido eludir a los Dementores que vigilan Azcaban.

Debido a lo anterior el consejo Sanedrín de los muggles ha modificado los estatutos en el apartado "Celebraciones onomásticas art. 32 sección 2-b".

Que decía el muggle que cumpla años (cosa que sucede periódicamente) deberá, en la primera ocasión que se presente, rascarse el bolsillo con sus amigos obsequiándoles con un desayuno compuesto principalmente de "huevos fritos con algo más".

Huelga decir que de Azcaban no acude nadie, por hechos de sobra conocidos, que esto aunque grave no es lo peor, está mal que no puedan venir a desayunar pero que pasará cuando sean ellos los hechos causantes (los que pagan), ¿nos mandarán el dinero?, ¿tendremos que quedarnos sin almuerzo?, ¿todo se limitará al rezo de dos avemarías y tres padre nuestros recordando a los ausentes?, o peor aún ¿tendremos que pagar nosotros?.

Ante estas preguntas y una vez diseccionas todas las alternativas hemos decidido, entre untada y untada, modificar el art. 32 sección 2-b, y decimos lo siguiente:

- Vamos a hacer la guerra a Azcaban, al estilo de Pedro Saputo con su pleito al sol, a partir de ahora seguiremos invitando a los almuerzos pero cambiamos el horario a las 2h. 30' de la tarde, y lo llamaremos "almuerzo de las dos y media", ¡menudos somos nosotros, como para que nos toquen el nombre!.

- Ante el presumible aumento de precio y para no estar cada dos por tres de "almuerzo a las dos y media'", con lo que supondría de explicaciones a la parte contratante ( ya sabéis el lema "antes comer que dar explicaciones"). Vamos a limitar el número de "almuerzos a las dos y media" a tres, en un principio aunque ampliables (ver postdata), que se repartirán en el periodo de Octubre a Junio.

-Dichos "almuerzos a las dos y media" serán pagados en grupos de tres personas para que no sea tan gravoso esto de los "almuerzos a las dos y media".Los grupos quedan como sigue, si alguien cree que alguno de su grupo no tiene perras y quiere apuntarse a otro, todo se puede hablar:

Grupo (Octubre - Diciembre) .-
Miguel A., Justino y José Luis.

Grupo (Enero -Marzo) .-
El Flequi, Albus Dumbledore y Ron Weasley.

Grupo (Abril - Junio) .-
Harry Potter, Angelito y Jasancho.

Los menús seleccionados son: Cocido, paella y una mariscada de puta madre. Mi grupo hemos elegido el cocido, os dejamos los otros dos para vosotros.

Cuando ya casi se levanta la reunión del Sanedrín (con los cafés), el muggle Justino ha hecho una aportación apoyada y aplaudida por el resto, es la siguiente:

La asistencia a los "almuerzos de las dos y media" NO es obligatoria, ni tan siquiera para los que les toca pagar, eso sí, a los que les toca pagar, si no vienen que manden las perras con algún integrante de su grupo.

P. D.- Hemos contado con los muggles que habitualmente vienen al, ya en deshuso, "almuerzo de las nueve", si algún miembro de las "comidas de las dos y media" quiere apuntarse a los "almuerzo de las dos y media" que lo haga saber y haremos una redistribución de los grupos o si no fuera posible pagaría en todos y ya está.

He dicho, ea.




1 comentario:

Albus Dumbledore dijo...

DE: AZKABAN
A: SANEDRIN DE MUGGLES


Buenos días:

En primer lugar, nobleza obliga, felicitar al muggle Justino por su onomástica deseándole una larga vida colmada de alegrías.

También saludar al resto de miembros del “sandrín” esperando que su ingesta de huevos haya sido del todo satisfactoria.

Por otro lado, no podemos por menos que comentar los acuerdos adoptados por ese sanedrín con fecha de hoy.

Desde un punto de vista jurídico, nos parece de todo punto reprobable el cambio de condiciones de los acuerdos adoptados en su día con respecto a las celebraciones y otros eventos. La claúsula “pacta sunt Servanda”, (el contrato es ley entre las partes), obliga al cumplimiento del mismo en las formas pactadas, sin que pueda modificarse de forma unilateral. Por ello nos acogemos a nuestro derecho de celebrar los cumpleaños en la forma establecida en las cláusulas iniciales y no en las alcanzadas el día de la fecha, sin la presencia de las personas afectadas.
A mayor abundamiento, desde Azkaban, también alegamos contra la aplicación del “pacta sunt Servanda” que nos obliga a la celebración de los cumpleaños, con la “exceptio” “rebus sic stantibus”, debido a la fuerza mayor y justa causa, puesto que el estar sometidos a un regimen cerrado impide las celebraciones, exonerándonos de cualquier responsabilidad, al haber variado absolutamente las condiciones que se pactaron, por causas ajenas a los pactantes.
Dicho lo cual, el “sanedrín” en el exilio de Azkaban, se reunirá en próximas fechas para ver si son aceptables las condiciones sobre “almuerzos a las dos y media” y, en aras, a la necesaria paz y armonía entre los miembros, puede asumir las nuevas estipulaciones.
Firmado:
ALBUS DUMBLEDORE